miércoles, 16 de octubre de 2013

Información sobre la adopción en Sri Lanka

La adopción en Sri Lanka se encuentra en estudio por parte del Gobierno español desde febrero de 2009, tras el acuerdo de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de Infancia. Apenas hay información sobre familias españolas que hayan adoptado a un menor de Sri Lanka, sin embargo las referencias que tenemos llegan desde adopciones realizadas en Estados Unidos y Francia. El país ha firmado el Convenio de La Haya en 1994.

En España solo existe una Ecai que tramita adopciones en este país aunque en un número muy reducido ya que el propio gobierno de Sri Lanka apuesta por la adopción nacional antes que por la internacional. En febrero de 2008 el Gobierno de Sri Lanka suspendió la aceptación temporal de nuevos expedientes de adopción internacional, todas las adopciones llevadas a cabo posteriormente a dicha fecha corresponden a expedientes registrados en el país con anterioridad. (Información actualizada en octubre de 2013)



Quien puede adoptar:

- Matrimonios
- No se admiten solicitudes de monoparentales ni de parejas de hecho
- No se asignarán menores de sexo femenino a adoptantes de sexo masculino.
- Los adoptantes deben tener al menos 25 años
- Entre los adoptantes y el menor adoptado debe haber al menos 21 años de diferencia
- Los matrimonios sin hijos deben estar casados al menos desde hace 4 años, a excepción de los que demuestren esterilidad.
- Los matrimonios con más de dos hijos no pueden presentar su solicitud de adopción.

Orden de prioridades entre las solicitudes:

- Los adoptantes srilanques residentes en Sri Lanka
- Los adoptantes srilanques residentes en el extranjero
- Los adoptantes de origen de Sri Lanka
- Los matrimonios sin hijos
- Las familias que hayan adoptando antes un menor en Sri Lanka

Quien puede ser adoptados:

- Los menores de 14 años que están a cargo de un organismo controlado por las autoridades de Sri Lanka y cuyos padres o tutores hayan consentido la adopción ante un tribunal.
- Niños declarados judicialmente abandonados
- Niños mayores de 10 años deben dar su consentimiento a la adopción.


Documentos que forman el expediente de adopción:

Todos los documentos deben ser traducidos al inglés y legalizados ante el Ministerio de Asuntos Exteriores y la Embajada de Sri Lanka.

- Certificado de Idoneidad
- Informe psicosocial
- Certificado de nacimiento de cada adoptante
- Copia del libro de familia y de la primera página incluso si no existen menores en el matrimonio. Si hubiera menores incluir también las páginas correspondientes a cada uno.
- Certificado médico de cada adoptante
- Certificado de antecedentes penales de cada adoptante
- Declaración de la renta
- Carta de motivación 
- Compromiso de seguimiento
- Una fotografia de cada adoptante.
- 8-10 fotos del entorno familiar de los adoptantes y de su vivienda.

Tipo de Adopción:

La decisión de adopción de los tribunales de Sri Lanka son de adopción plena del menor. Es una decisión irrevocable. El menor rompe todos los vínculos con su familia biológica y adopta todos los derechos con su familia adoptiva.
El niño pierde la nacionalidad de Sri Lanka y adopta la nacionalidad de su familia adoptiva.

Procedimiento:

Las solicitudes de adopción deben de tramitarse a través de una Agencia de Adopción o Ecai habilitada en el país. NO se admitirán las solicitudes enviadas por la vía del protocolo público. Las solicitudes son enviadas por la ECAI a la autoridad competente en adopciones en el país Department of Probation and Child Care Services (D.P.C.C.S).
Los padres adoptivos se someterán a una entrevista personal ante las autoridades de Sri Lanka, que serán quienes autoricen si pueden ver al menor que se les ha asignado. Los solicitantes pueden además pedir un estudio médico del menor.
Las autoridades pueden establecer un donativo a la familia adoptiva y que será destinado a un orfanato del país. Antes de salir del país la familia adoptiva tiene que obtener un certificado de conformidad expedido por las autoridades locales y sin el que el menor no puede salir del país.

Para adoptar a un menor que tiene familia biológica, ésta debe renunciar al menor ante un tribunal de Sri Lanka que emitirá un documento llamado "Affidatif" y que permite la adopción de dicho menor.



Tiempos de Espera:

El tiempo de espera de los solicitantes de adopción es muy variable y puede oscilar dependiendo de cada caso entre 1 y 4 años.

Estancia en el país:
Las familias adoptantes deberán permanecer en Sri Lanka entre 4 y 5 semanas. Es obligatorio que viajen los dos conyuges a excepción de una justificación por enfermedad.

Importante:

Las autoridades de Sri Lanka han informado recientemente que los niños adoptables de menor edad son asignados mayoritariamente a familias srilanquesas, es decir que el gobierno pretende impulsar la adopción nacional. 

Ante el número de solicitudes enviadas al país el gobierno de Sri Lanka admite actualmente solo solicitudes para menores que presenten alguna patología. Los expedientes antiguos que ya se encuentran en el país, son estudiados por las autoridades locales y los menores que se están asignando tienen entre 3 y 4 años de edad. El país tramita una media de 10-12 solicitudes de familias adoptivas francesas al año.

Estadísticas:

Desde Francia:
En 2008: 6 menores
En 2009: 8 menores 
En 2010: 7 menores
En 2011: 9 menores
En 2012: 1 menor

Desde EE.UU:
En 1999: 5 menores
En 2000: 5 menores
En 2001: 4 menores
En 2002: 4 menores
En 2003: 6 menores
En 2004: 13 menores
En 2005:  3 menores
En 2006: 9 menores
En 2007: 3 menores
En 2008: 2 menores
En 2009: 5 menores
En 2010: 4 menores
En 2011: 3 menores
En 2012: 1 menor

Ecais:
La única Ecai española autorizada a tramitar expedientes en el país es Balbalika en cataluña.

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